Juez prohibe circulación de mural ‘¿Quién dio la orden?’
Un juez civil de Bogotá ordenó al Movimiento de Víctimas de Crímenes de Estado (Movice) retirar el cartel que señala a militares como el general en retiro Mario Montoya de ser responsable en los ‘falsos positivos’, pues difundir la imagen significa atentar contra la dignidad, el buen nombre y la presunción de inocencia de los oficiales, derechos que el Estado debe garantizar a cualquier ciudadano.
Según la decisión del juzgado, el movimiento deberá eliminar la imagen de murales, redes sociales y medios de comunicación porque aún no existe un dictamen judicial que vincule a estos militares con las ejecuciones extrajudiciales.
El Movimiento de Víctimas de Crímenes de Estado-Movice, junto con las organizaciones que hacen parte de la #CampañaPorLaVerdad, frente al fallo de tutela del Juzgado 13 Civil del Circuito de Bogotá que ordena en relación con el mural ¿Quien dio la orden?, en término de las 48 horas siguientes a su notificación se proceda a eliminar de murales, redes sociales, medios de comunicación hablados o escritos, la imagen objeto de la tutela, expresó:
1.El mural al que se hace referencia en el fallo ya fue censurado y eliminado el día 18 de octubre de 2019 en un operativo arbitrario por parte de la Brigada 13 del Ejército Nacional. Dicha censura fue la que provocó decenas de miles de réplicas de su contenido en calles y redes sociales, lo que sobrepasa las posibilidades del Movice de retirarlas en su conjunto. El mural ¿Quién dio la orden? ya es patrimonio de la sociedad. Por tal motivo, la orden de eliminar la imagen de los medios de comunicación escritos y hablados no está al alcance del Movice, y requiere vincular a quienes lo han reproducido al trámite judicial para garantizar su derecho a la defensa. Por lo anterior, solicitamos al Juzgado declarar la nulidad de la decisión y remitir el caso nuevamente a primera instancia para que se vincule a todos los medios y redes que lo han reproducido. Una vez se haya subsanado la nulidad y definido el alcance de la orden judicial, el Movice cumplirá con lo dispuesto en el fallo.
2. Esta decisión desconoce los derechos de las víctimas y sociedad en general a la verdad, libertad de expresión y memoria que habían sido protegidos por el fallo de primera instancia. Adicionalmente, la información allí plasmada ha sido reconocida por fallos judiciales y en el caso particular el Gral Pinto Lizarazo, la Jurisdicción especial para la Paz –JEP reconoció la existencia de la conducta así como el aumento desmesurado de los casos entre 2005 y 2008,
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