Los barrios que aún no han sido legalizados en Soacha

Aunque el pasado fin de semana fueron legalizados los barrios Villa Sandra, Minuto de Dios y Luis Carlos Galán III sector, aún hay muchos sectores del municipio que esperan la legalización para poder acceder a la oferta institucional y tener acceso a beneficios como los servicios públicos y la inversión del Estado en sus sectores.


La legalización es el proceso por el cual se otorga reconocimiento oficial ante la Administración Municipal y todas las entidades del orden departamental y nacional, a un asentamiento humano constituido fuera del marco legal y jurídico. De acuerdo a lo anterior, vale la pena recordar que la mayoría de barrios que en la actualidad existen en el municipio son de origen ilegal, aunque muchos de esos sectores han sido legalizados por parte del municipio.

Las comunas uno, dos, cuatro y seis son las zonas del municipio donde aún hay varios barrios sin legalizar, teniendo en cuenta que en la comuna tres ya se legalizó la totalidad de los barrios que la conforman y que en la cinco no hay sectores en condición de ilegalidad.

“Dentro del proceso de legalización se determina cuáles son las áreas privadas y públicas que conforman el barrio, a fin de saber cuáles son las zonas que deben ser entregadas al municipio, como son las vías y los parques, con el objetivo de poder hacer las inversiones de carácter social que se requieren. Con la condición de legalidad se pueden hacer todos los trámites pertinentes ante las empresas de servicios públicos, para la normalización de la oferta de estos…

… Por esta razón, hacemos la invitación a los barrios de las demás comunas que tienen condición de ilegalidad, pues aunque muchos de estos sectores cuentan con todos los servicios, no tienen un documento que los acredite como un barrio legal. Es importante que estos asentamientos hagan parte del proceso, a fin de que al final del cuatrienio tengamos todos los barrios de Soacha legalizados”, explicó Orlando Ramírez, Secretario de Planeación de Soacha.

De acuerdo a lo expresado por Ramírez, los siguientes son los pasos que se deben realizar para el proceso de legalización:

  • Presentar un documento firmado, en el cual a través de la asamblea de la JAC, se manifieste la intención de iniciar el proceso de legalización. Este documento debe contar con el respaldo del 51% de las personas que residen en el sector.
  • Allegar la documentación que certifique la existencia del barrio y demuestre en qué año fue fundado. Entre estos documentos se pueden presentar mapas antiguos del barrio, planos del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), o del loteo hecho por los mismos habitantes del barrio. Igualmente se deben presentar recibos de servicios públicos de más de 10 años de antigüedad, para constatar que el barrio se consolidó desde antes del año 2006.
  • Presentar las copias de los documentos de titularidad de los predios, o la promesa de compraventa.
  • Adjuntar un documento que acredite que el barrio está dentro de la formación catastral del municipio.
  • Los planos y las topografías son por parte de la Secretaría de Planeación.

Los casos de Villa Luz, Rincón de San Carlos y Villa Julia:

Estos tres barrios de las comuna uno y seis respectivamente, comparten una situación particular que dificulta su proceso de legalización, de acuerdo a lo expuesto por el Decreto 564 del año 2006, expedido por el Ministerio de Vivienda, en el cual se faculta el proceso de legalización de asentamientos humanos ilegales, únicamente para aquellos que se consolidaron antes de la expedición de esta norma:

“Tenemos una dificultad con los asentamientos humanos que se constituyeron con posterioridad al Decreto 564 de 2006, pues esta norma determina que sólo se pueden legalizar aquellos asentamientos que se constituyeron y consolidaron antes de junio de ese año. En vista de lo anterior, requerimos al Ministerio de Vivienda un concepto en aras de saber qué podemos hacer en esta situación, y cuál es el procedimiento a seguir para el caso”, concluyó el Secretario de Planeación.

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