El Ministerio de Transporte aplaza reglamentación para automóviles en Colombia: hay nuevas fechas
Las regulaciones establecerán nuevos estándares para el uso de llantas, sistemas de frenado y otros componentes esenciales, con el objetivo de fortalecer la seguridad vial en el país.
El Ministerio de Transporte anunció que tres reglamentos técnicos clave para el sector automotor, que originalmente comenzarían a regir en mayo de este año, serán reprogramados para entrar en vigencia de manera escalonada en septiembre de 2025.
Según la entidad, el objetivo de esta decisión es garantizar una implementación ordenada y eficaz, dando tiempo suficiente a las empresas del sector, a las autoridades de inspección y vigilancia, y a los consumidores adaptarse a los nuevos requisitos.
Estas medidas hacen parte de una estrategia nacional de seguridad vial y protección al consumidor, desarrollada en conjunto con la Agencia Nacional de Seguridad Vial y la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC). Con ellas, se busca reducir el uso de productos inseguros como: Llantas desgastadas o frenos que no cumplen normas técnicas, prevenir fallas mecánicas en las vías, y elevar los estándares de calidad en el mercado automotor.
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El Gobierno Nacional señaló que los nuevos plazos permitirán también fortalecer la capacidad institucional para la inspección, vigilancia y control de los productos regulados, en donde las alcaldías locales tienen un papel fundamental en la divulgación de la información.
Por lo anterior, fabricantes, importadores como comercializadores deben asegurarse de cumplir con los requisitos establecidos en estas resoluciones para evitar sanciones y contribuir a la seguridad en las vías del país. Lo mismo para los conductores, que deben verificar que sus compras cumplan con los requisitos.
¿Cuándo empezará a regir la nueva reglamentación para automóviles?
Estas son las tres resoluciones que tendrán nuevas fechas de entrada en vigencia y lo que establece cada una:
1. Resolución 20223040065305 de 2022
Llantas neumáticas para motocicletas
Nueva fecha de entrada en vigencia: 2 de septiembre de 2025
Esta resolución fija los requisitos técnicos y de seguridad que deben cumplir las llantas destinadas a motocicletas, en un país donde los motociclistas representan más del 60% de las víctimas fatales en accidentes de tránsito.
Entre los aspectos clave que introduce esta norma están:
- Certificación obligatoria: todas las llantas, nacionales o importadas, deberán contar con un certificado de conformidad emitido por un organismo acreditado.
- Etiquetado técnico visible: las llantas deben incluir información en español y caracteres latinos sobre dimensiones, carga máxima, velocidad permitida, estructura y advertencias de uso.
- Campañas de información al consumidor: los alcaldes deben implementar estrategias para educar a los usuarios sobre cómo identificar una llanta segura y adecuada.
Esta medida busca frenar la venta de llantas de baja calidad y prevenir siniestros viales causados por productos defectuosos o inadecuados.
2. Resolución 20223040044585 de 2022
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Sistemas de frenado y sus componentes para vehículos automotores, remolques y semirremolques
Nueva fecha de entrada en vigencia: 16 de septiembre de 2025
Este reglamento técnico establece estándares de seguridad para los sistemas de frenos de todo tipo de vehículos automotores, incluyendo remolques y semirremolques.
Los puntos más destacados incluyen:
- Cumplimiento con normas internacionales: los sistemas de frenado deben ajustarse a reglamentos de la ONU, como los referidos al frenado hidráulico, neumático o combinado, según el tipo de vehículo.
- Marcado obligatorio: los componentes de frenado deben estar claramente identificados para facilitar inspecciones técnicas.
- Supervisión más estricta: la norma establece lineamientos para que las autoridades competentes –como la SIC y la DIAN– puedan vigilar y sancionar el uso de frenos que no cumplan con los requisitos.
Este reglamento apunta a prevenir fallas mecánicas y a mejorar el rendimiento del sistema de frenos, uno de los factores más determinantes en la prevención de accidentes.
3. Resolución 20223040044455 de 2022
Llantas nuevas, reencauchadas y de repuesto
Nueva fecha de entrada en vigencia: 30 de septiembre de 2025
Esta normativa regula de manera integral el uso, comercialización y reencauche de llantas en el país, tanto para vehículos livianos como pesados.
Las principales medidas que contempla son:
- Requisitos de rotulado: toda llanta deberá mostrar en un lugar visible la marca del fabricante o reencauchador, el país de origen, la fecha de fabricación o reencauche, tipo de estructura, tamaño y demás especificaciones técnicas.
- Prohibición de llantas usadas sin reencauche certificado: solo podrán comercializarse llantas reencauchadas que hayan cumplido procesos bajo estándares internacionales como los de los reglamentos ONU R108 y R109.
- Certificación de conformidad: los fabricantes, importadores y comercializadores deberán demostrar que sus productos cumplen con los ensayos de seguridad requeridos.
Esta resolución busca reducir la circulación de llantas desgastadas o reconstruidas de forma informal, un riesgo frecuente en las carreteras del país.
Con esta reprogramación, el Ministerio de Transporte reafirma su compromiso con una regulación técnica rigurosa, pero concertada, que priorice la vida en las vías y garantice que los productos ofrecidos a los consumidores colombianos cumplan con los más altos estándares de calidad y seguridad.
Foto: Archivo Periodismo Público