Razones por las que se anuló la elección del personero de Soacha, el funcionario se pronuncia

La elección del personero de Soacha, Luis Eduardo Chíquiza, estuvo en el ojo del huracán desde que el concejo municipal realizó la entrevista y todo el proceso para escoger el sucesor de Nicoll Díaz Coronado.

Los vicios de la elección de Chíquiza iniciaron con irregularidades en el Concejo de Soacha, teniendo en cuenta que mediante la Resolución 470 del 3 de agosto de 2023, se reglamentó el concurso para elegir el personero de Soacha, Cundinamarca, para el período 2024-2028 y se establecieron las etapas del proceso de selección, así como el porcentaje que cada prueba representaría en la calificación final.

 En dicho acto administrativo se indicó que se debía realizar una entrevista que equivaldría al 10% del concurso y su carácter sería clasificatorio. Esta se realizó el 4 de enero de 2024 y de manera previa a su realización, por orden del presidente del Cabildo de ese entonces, Juan Carlos Arias, la secretaria del Concejo de Soacha expuso la metodología que se seguiría y sostuvo que “la calificación sería reemplazada por una votación que llevaría a una decisión del concejo por mayoría simple”, decisión que iba en contravía de los preceptos legales.

Dice el fallo del Consejo de Estadio, que “la calificación se transformó en una votación que no está contemplada en la norma reglamentaria” y, por ello, “el Concejo de Soacha manipuló el concurso de méritos para convertirlo en una decisión política y no meritocrática en donde se evaluarían las capacidades y debilidades de los candidatos”.

Y prosigue: El entonces “presidente del Concejo de Soacha, al fijar mayoría simple, desconoció lo dispuesto en la Resolución 470 de 2023, ya que le dio a la entrevista un carácter eliminatorio, por cuanto, quien no superara la mitad más uno de los asistentes, no tendría un puntaje sobre la misma, situación idéntica a la presentada en la prueba de conocimiento, donde el que  no superara un puntaje superior a 70, no podría continuar dentro del proceso, quedando eliminado”.

El fallo explica el paso a paso de lo ocurrió con la elección del personero y lo que evidencia es que, a pesar de no seguir el proceso legal y la advertencia de algunos concejales, se continuó con la elección.

También argumenta el fallo que “se desestimó la conformación de una comisión escrutadora y la secretaria de la duma municipal recogió 17 papeletas, a pesar de que 4 concejales se habían apartado.  El presidente del cabildo, conforme el artículo 91 del reglamento interno del Concejo de Soacha (Cundinamarca), realizó una votación ‘en lugar de otorgar un puntaje para el 10% restante’. Por ello, a través de las papeletas adelantó una votación secreta…”

Ese día, se apartaron del recinto y de la votación los concejales Tatiana Sánchez, Hernán Soto, Dany Caicedo y Joel de los Ríos.

Tras el proceso irregular en el concejo, el 5 de enero de 2024, el presidente del cabildo expidió un acto administrativo denominado “Resultados parciales de la entrevista” y otorgó los siguientes puntajes: 0 a la aspirante Nicoll Diaz; 0 al aspirante Fredy Martínez, y 10 al aspirante Luis Chíquiza”.

Posteriormente, el 10 de enero de 2024, el presidente del concejo expidió un acto administrativo denominado ‘Resultados definitivos de entrevista’, y en esta ocasión asignó 10 puntos a los candidatos Fredy Martínez y Luis Chíquiza.

Según el fallo, el Concejo de Soacha desconoció las reglas del concurso y manipuló lo ‘erradamente establecido en el instructivo de la votación’.  El 10 de enero de 2024, el presidente del concejo emite un acto administrativo que se denominó «Resultados cumplidas todas las etapas del concurso».

Ante las irregularidades en el proceso de elección, llevado a cabo en el Concejo de Soacha, la entonces personera encargada y aspirante de nuevo al cargo, Nicoll Díaz Coronado, solicitó como medida cautelar la suspensión provisional del acto administrativo cuestionado, con base en los mismos argumentos del concepto de la violación.

El 8 de marzo de 2024, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca negó la medida cautelar, aunque admitió la demanda y el proceso de nulidad continuó.

 El Tribunal Administrativo de Cundinamarca – Sección Primera – Subsección C, mediante sentencia del 24 de enero de 2025, negó las pretensiones de la demanda al concluir que no se logró desvirtuar la presunción de legalidad del acto cuestionado.

Sin embargo, la demandante, Nicoll Díaz Coronado, y la coadyuvante, Yeny Yomaira Garzón, presentaron recurso de apelación ante el Consejo de Estado, el cual se concede mediante auto del 20 de febrero de 2025.

Ayer, 22 de mayo de 2025, el Consejo de Estado, falló y anuló la elección del personero Luis Eduardo Chíquiza:

Primero: Revocar la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca – Sección Primera – Subsección C del 24 de enero de 2025 y, en su lugar, acceder a las pretensiones de la demanda y declarar la nulidad de la elección del señor Luis Eduardo Chíquiza Arévalo como personero de Soacha, Cundinamarca, para el período 2024-2028.

Habla Luis Eduardo Chíquiza

Mediante un comunicado, el ahora expersonero aceptó la decisión y escribió:

1. Me llena de orgullo haber liderado la entidad que defiende los derechos humanos de los habitantes de Soacha y haber visibilizado las tareas que realiza la entidad en el municipio. Continuaré trabajando por la defensa de los derechos de los más vulnerables.

2. Creo firmemente en la institucionalidad de este país. Por eso acato, respeto y cumpliré la decisión tomada por los jueces de la república.

3. A los funcionarios de la Personería Municipal los invito a seguir trabajando arduamente por los derechos de los soachunos, esta es una labor que no debe cesar.

4. En mi calidad de ciudadano, realizaré una revisión jurídica integral y ejerceré las acciones a las que haya lugar para conocer más a profundidad sobre el alcance de esta decisión, sin ir en perjuicio del funcionamiento de esta entidad.

Foto: Personería de Soacha

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